Si un trabajador solicita una baja por incapacidad temporal, lo normal es que la prestación no cubra el 100% del salario desde el primer día. El importe depende de la base reguladora, del origen de la baja y, en ciertas ocasiones, de mejoras pactadas durante los convenios. Pero desde marzo de 2025 existe una excepción, que está dirigido para aquellas personas trabajadoras que donen en vida un órgano o un tejido para un trasplante.
La medida está respaldada por la Ley 6/2024 que ha sido publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 21 de diciembre del 2024. Esta crea una situación especial de incapacidad temporal que está relacionada a la donación en vivo y garantiza una prestación que equivale al 100% de la base reguladora durante el tiempo que dure esta incapacidad temporal vinculada al proceso.
Incapacidad temporal que beneficia a trabajadores
El derecho está pensando para un grupo muy específico: personas trabajadores que sean donantes de órganos o tejidos, como por ejemplo donación de riñón o parte del hígado, entre demás posibilidades médicas señaladas. Esta es una incapacidad temporal ligada a la asistencia sanitaria y al impedimento de trabajar durante las fases del procedimiento de donación.
Cambios en la normativa
Hasta la entrada en vigencia de esta reforma, la protección podía resultar irregular. Varias empresas aplicaban permisos retribuidos o complementos, pero el resultado al final dependían mucho del convenio colectivo, de los acuerdos internos o de cómo se instrumentara la baja. Bajo la Ley 6/2024, el enfoque cuenta con mayor claridad: la prestación se determina para que el donante no vea reducido su ingreso durante el tiempo que dura la incapacidad temporal ocasionada por el proceso de donación.
Una novedad que destaca la Seguridad Social es que, para acceder a esta prestación, no se solicita un periodo mínimo de cotización. Esto significa que no hay que acreditar una antigüedad concreta en el sistema para cobrar el 100% en esta baja de corte especial.
Cuánto cobrar y quién paga la incapacidad temporal
La prestación que se reconoce para esta situación consiste en un subsidio en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora, y que se encuentra establecida para la incapacidad temporal derivada para contingencias comunes. Adicional a ello, el bono corre a cargo de la entidad gestora o colaborada que cubra la incapacidad temporal desde el mismo día que inicia la baja.
Los periodos que cubre la protección
Esta no se limita al día de la intervención. La situación especial de incapacidad temporal se vincula a los días en que el donante logra recibir la asistencia sanitaria y se encuentra incapacitado para realizar sus actividades en el trabajo, lo que incluye el itinerario clínico habitual de una donación en vivo:
- Evaluaciones y pruebas previas: cuando se determina la incapacidad para trabajar, si solo implica ausentarse dentro de la jornada, opera el permiso retribuido por actos preparatorios
- Intervención, convalecencia y luego seguimiento médico hasta el alta.
Así se tramita la baja por incapacidad temporal
El procedimiento que debes realizar sigue la lógica de cualquier incapacidad temporal: el trabajador debe conseguir el parte médico que justifique la baja por incapacidad temporal que viene asociada a la donación y aportar toda la documentación necesaria. Desde ahí, la empresa realiza las comunicaciones correspondientes con la entidad que gestione la prestación.






