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Estos jubilados podrán recibir una devolución de hasta 3 mil euros

Héctor Honores by Héctor Honores
23/01/2026 15:00
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Ciertos jubilados mutualistas podrán recibir hasta 3 mil euros de devolución según el Tribunal Supremo.

Ciertos jubilados mutualistas podrán recibir hasta 3 mil euros de devolución según el Tribunal Supremo.

La última sentencia del Tribunal Supremo marcó un punto de inflexión para los miles de jubilados mutualistas que hay en España. El pronunciamiento judicial marca un antes y después en el tratamiento fiscal de algunas pensiones, y abre la puerta a una devolución media de hasta 3 mil euros para aquellos que cotizaron bajo determinados regímenes hasta 1978. La resolución no solo aclara quién tiene derecho a reclamar, sino que además establece criterios definitivos para hacer valer esta ventaja fisca con la Agencia Tributaria.

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Con la decisión, el Tribunal Supremo ratifica un precedente que ubica en el centro del debate a los que contribuyen a las mutualidades laborales antes de la plena integración de estos sistemas de previsión en la Seguridad Social. En adelante, para muchos pensionistas, la sentencia puede representar una compensación justa por años de tributos injusta. Pero no todos los jubilados se encuentran bajo la misma situación ni serán beneficiados automáticos, lo que termina generando confusión y necesidad de claridad.

Cómo afecta a los jubilados la sentencia

La clave de la sentencia del Tribunal Supremo es la afirmación de que los jubilados que cotizaron a determinadas mutualidades laborales antes de 1978 no deben tributar por toda la pensión recibida. De acuerdo al fallo, parte de esas contribuciones fueron fiscalizadas en su día, por lo que someterlas nuevamente a gravamen representa una doble imposición.

Hasta el momento, la Agencia Tributaria rechazaba sistemáticamente muchas reclamaciones de estos pensionistas, pues para la entidad las pensiones se debían tributar en su totalidad. El Tribunal Supremo estableció un criterio jurídicamente vinculante: en los casos en que los jubilados puedan demostrar que contribuyeron a estos sistemas, se podrá aplicar una exención parcial del IRPF, que normalmente corresponde al 25% de la pensión anual. El resultado podría alcanzar una media estimada de devolución de unos 3.000 euros por contribuyente afectado en los últimos ejercicios fiscales.

¿Qué jubilados califican?

Los beneficiarios potenciales de esta medida son aquellos jubilados mutualistas que realizaron aportaciones a mutualidades como la Mutualidad Laboral de la Banca, de la Construcción, de la Madre, de la Industria o similares antes de la integración en el sistema público. Dichas mutualidades, funcionan como sistemas paralelos a la Seguridad Social y, en muchos casos, sus aportaciones no se pueden calcular correctamente en la base disponible para beneficios fiscales.

Si un trabajador cotizó entre los años 1967 y 1978 a una de estas mutualidades y actualmente está recibiendo una pensión de jubilación, podría cometer el error de tributar hasta por el 100% de su pensión, cuando en realidad le correspondería declarar el 75%. La diferencia, sin duda alguna, representa un momento que llega a ser significativo año tras año.

Pasos para solicitar la devolución

  • Primero debes localizar la documentación histórica de cotizaciones a mutualidades laborales. Esto incluye nóminas antiguas, certificados de empresa o informes de vida laboral detallados.
  • Luego debes presentar una solicitud de rectificación de autoliquidación del IRPF ante la Agencia Tributaria, explicando los ejercicios que se quieren revisar.
  • Anexar toda la documentación justificativa que acredite las cotizaciones a mutualidades excluidas del régimen de la Seguridad Social.
  • Por último, la Agencia Tributaria evaluará la solicitud y si procede, emitirá una resolución favorable con la devolución del ingreso indebido, incluyendo intereses

Para que el proceso de devolución sea exitoso, es importante disponer de documentación que acredite las cotizaciones realizadas a las mutualidades.

Tags: seguridad social

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