Ciertos jubilados tienen la necesidad de regresar a la vida laboral activa tras haber decidido solicitar la pensión de jubilación. Esto se debe a que cuentan mucho tiempo libre que los abruma, desean recuperar poder adquisitivo o porque cuentan con un negocio que no va bien en manos ajenas. Los jubilados deben saber que cuentan con tres vías distintas para volver a trabajar luego de haberse retirado. La más solicitada es la jubilación activa, un concepto que se introdujo en la reforma de las pensiones de 2013 para incentivar el envejecimiento activo y contribuir, además, a la sostenibilidad del sistema de pensiones.
Esto permite la jubilación activa
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la jubilación activa permite compatibilizar el cobro del 50% de la pensión, con el salario, bonus y complementos salariales completos. En esta situación da lo mismo las horas que trabajes, los ingresos que tengas o los cargos que ostentes. Cobrarás el 50% de la pensión que ya tuvieras calculada, continuar trabajando y cuando quieras optar por la jubilación nuevamente, podrás pedir el otro 50%. Esta opción favorece más a los directivos y consejeros de las empresas.
Jubilación activa disponible para autónomos
La misma opción también puede ser utilizada para aquellas personas que trabajan de manera propia. La jubilación activa para autónomos permite cobrar la totalidad de la pensión si se acredita tener a una persona contratada desde hace al menos dos años. Sin embargo, dado que esta condición se centra en los pensionistas que desean volver a trabajar, no es posible cumplir este requisito por lo que solo podrían acceder al cobro del 50% de la pensión. El trámite para obtener esta jubilación puede hacerse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
No hay mejoras para una futura pensión
Sobre la jubilación activa, es importante conocer que garantiza mayor poder adquisitivo en el momento de disfrutar de la misma (al compatibilizar el cobro de la pensión con un salario) pero no sirve para cobrar más una vez ya se esté jubilado en su totalidad. Lo contrario ocurre con otra vía, la de reincorporación total. Esta consiste en suspender por completo la pensión y volver a trabajar con normalidad, cotizando a la Seguridad Social.






