La Seguridad Social brindará una ayuda económica de 1.000 euros a las familias que tengan un hijo o hayan adoptado, siempre y cuando no superen ciertos ingresos. Bajo esta prestación pueden beneficiarse familias numerosas, monoparentales e incluso progenitores que presenten discapacidad igual o superior al 65%. Una de las condiciones es que el nacimiento o adopción se hayan realizado en España y se solicite dentro de los cinco años posteriores.
Otro dato importante, es que esta ayuda de la Seguridad Social es compatible con otras prestaciones familiares y el límite de ingresos varía de acuerdo al número de hijos a cargo, iniciando con 14.592 euros anuales para un hijo. Desde el 2008, España es el tercer país en Europa, solo por detrás de Estonia y Grecia, con menor tasa de natalidad. A partir de esa fecha, la natalidad ha descendido un 38%.
Por ese motivo, así como la falta de conciliación familiar y dificultades económicas, el Gobierno de España ofrece una ayuda a las familias que tengan un hijo, siendo la Seguridad Social quien se encarga de esta prestación. Esta es una ayuda de 1.000 euros y que se irán abonando en un pago único, siempre que los ingresos del beneficiario no sobrepasen el límite determinado.
Requisitos y beneficiarios de la Seguridad Social
A la ayuda de 1.000 euros gestionada por la Seguridad Social, pueden acceder los progenitores residentes en España que hayan tenido un hijo o hayan adoptado a partir de noviembre de 2007. Tendrán derecho a esta prestación «aquellos hijos nacidos o adoptados, en una familia numerosa o que, con tal motivo, adquiera dicha condición, en una familia monoparental o en los supuestos madres o padres que sufran un grado de discapacidad igual o superior al 65%».
Otro de los requisitos es que el nacimiento se haya producido en territorio español o que la adopción se haya constituido en España. La Seguridad Social indica que se aprobará la solicitud, siempre que la prestación se requiera durante los cinco años siguientes al nacimiento o adopción. De no cumplir esta condición, se denegará la prescripción.
Otro detalle de la Seguridad Social es que ninguno de los progenitores debe ser acreedor de subvenciones similares de mutualidades o de otro organismo público de los servicios sociales. Lo cierto es que la ayuda es compatible con la prestación por parte o adopción múltiples, las asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo, y la pensión de orfandad y en favor de nietos y hermanos que puedan corresponder.
Cuantía de esta ayuda de la Seguridad Social
Sobre el umbral de ingresos del núcleo familiar, esta varía en función de los hijos a cargo. Con un hijo, el límite asciende a 14.952 euros anuales; con dos a 17.194,8 euros anuales, al tener tres hijos corresponde el monto de 19.437,6 euros; si tienes cuatro hijos percibirás 21.680,4 euros y con cinco el límite sube hasta los 23.932,2 euros.






