Quizás el problema más recurrente que afrontan los autónomos en España durante los primeros meses de actividad, es la inestabilidad del negocio y sobre todo la falta de ingresos o, por lo menos, la periodicidad con la que podrían salir adelante. En ciertas ocasiones esto parecer ser una barrera imposible de superar para algunas personas que han perdido su trabajo y prueban suerte con una actividad por cuenta ajena.
El SEPE pone a disposición una herramienta para los autónomos en España, que puede ayudarles durante esos primeros meses. Se trata de la compatibilización del paro con la actividad por cuenta propia y su funcionamiento es muy simple: permite a una persona en desempleo darse de alta como autónomo mientras mantiene el cobro del paro.
«Si estás percibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo y has cesado con carácter total y definitivo tu actividad laboral, y te das de alta como trabajador o trabajadora por cuenta propia, podrás seguir percibiendo la prestación que te corresponda, mientras estés trabajando por cuenta propia», lo manifiesta el SEPE a través de su página web.
La entidad sostiene que también se brinda a trabajadores en desempleo que se incorporen como socios o socias de sociedades laborales de nueva creación o socios trabajadores de cooperativas bajo una nueva creación. El SEPE determina que se podrá compatibilizar el paro por un máximo de 270 días o durante el tiempo inferior que te puede percibir. Sin embargo, para hacerlo es indispensable solicitar esa compatibilidad «en el improrrogable plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia».
El pago del paro también se verá interrumpido en el caso de que los trabajadores autónomos en España comiencen en un trabajo por cuenta ajena, sea media jornada o jornada completa. En todos los casos la cuantía de la prestación por todo ese tiempo será del 100% que corresponda, pero se le descontará el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y por ello no se le aplicará deducción de la cotización a la Seguridad Social, puesto que el autónomo en España ya lo paga a través de sus cuotas.
Autónomos en España: casos de exclusiones
El Servicio Público de Empleo Estatal difunde una serie de casos con circunstancias en las que no es posible acceder a la compatibilización del paro con una actividad de los autónomos en España, como por ejemplo las siguientes:
- Trabajadores que inicien una actividad por cuenta propia o se sumen a una cooperativa de trabajo asociado de nueva creación o sociedad laboral de nueva creación, todo ello sin haberse dado de alta.
- Trabajadores que se den de alta por cuenta propia para incorporarse como socio a una sociedad mercantil.
- Los trabajadores cuyo último empleo fuese por cuenta propia, al margen si se dieron de alta en la Seguridad Social o alguna Mutualidad.
- Trabajadores que usaron este derecho en los 24 meses anteriores.
- Trabajadores que hicieron uso del pago único del paro en los 24 meses anteriores.
Así puedes pedir la compatibilidad del paro
El Servicio Público de Empleo Estatal explica que la compatibilidad se puede solicitar con el formulario de pre-solicitud. En este debes introducir tu DNI o NIE, y elegir la opción ‘Presolicitud de prestación individual’. Luego de ello, el solicitante tendrá que elegir ‘Compatibilidad con trabajo por cuenta propia’. Después, tendrás que rellenar todos los campos vacíos con información personal familiar, de contacto y bancaria.






