La prestación por riesgo durante la lactancia es un derecho de las trabajadoras al que pueden optar después de dar a luz si las circunstancias a las que se encuentran expuestas en el medio de su jornada laboral suponen un peligro para su salud o la de su bebé. Este es un subsidio que equivale al 100% de la base reguladora.
Las futuras madres se enfrentan a conflictos laborales al momento de disfrutar de este derecho laboral previsto por ley. Aunque en la actualidad el disfrute del permiso de maternidad es un permiso ya normalizado para las trabajadoras, sin embargo otras medidas son mucho más controvertidas y pueden provocar muchas dudas, tanto para las trabajadoras como para las empresas.
Prestación por riesgo durante la lactancia
El subsidio o prestación por riesgo durante la lactancia no es una baja y no debe considerarse como un periodo de incapacidad temporal. No depende de que un médico evalúe la situación de la madre y el bebe, sino tiene que ver directamente con las normas de prevención de riesgos laborales. Si la trabajadora está enferma o se encuentra de baja por alguna contingencia, no será beneficiaria del permiso.
Lo cierto es que la prestación por riesgo durante la lactancia se otorga cuando existen posibles riesgos laborales, como distintos factores contaminantes o peligrosos a los que pueda estar sometida una trabajadora. La empresa tendrá que evaluar si es posible cambiar de puesto de trabajo a la mujer o darle funciones diferentes, para que pueda continuar laborando durante el periodo de lactancia. En el caso que no exista más alternativas, se gestionará el permiso en el cual se suspenderá el contrato de trabajo y la obligación de la madre de acudir a la empresa.
Excepciones de la prestación
Cientos de trabajadoras tramitan durante su gestación un subsidio por riesgo durante el embarazo. Aunque pueda ser que coincidan, las circunstancias que hacen que se peligroso ir a trabajar mientras se está embarazada no tiene porqué ser peligrosas durante la lactancia. Si ejemplificamos un caso: una maestra que atiende a niños de tres años probablemente no podrá trabajar durante una parte del embarazo por el esfuerzo físico que conlleva, pero mientras se encuentre dando pecho, podrá trabajar sin ningún problema. Sin embargo, si la trabajadora manipula sustancias tóxicas posiblemente presentará riesgo durante el embarazo y lactancia posterior.
El permiso de lactancia es en varios casos incompatible con el subsidio por riesgo durante la lactancia. Si la trabajadora no acude al trabajo porque es peligroso, es lógico que no pueda disfrutar de un permiso que va unido al hecho de estar trabajando. Por lo tanto, se debe tener cuidado si se pide la lactancia compactada y se pretende tramitar un subsidio por riesgo, porque podría ocurrir que se tengo que devolver el salario que se cobró de más.






