¿Es necesario devolver la subida de las pensiones de enero? La anulación en el Congreso del Real Decreto-ley, la misma que incluía la revalorización de las pensiones para el año 2026. Ha abierto durante los últimos días una pregunta directa y concreta entre millones de jubilados: si el decreto se anuló, ¿será necesario devolver el dinero cobrado ya en la nómina de enero? Esta interrogante afecta a más de 10 millones de pensionistas que notaron reflejado ese incremento en su cuenta bancaria a inicio de año y sienten temor en este momento de una posible reclamación por parte del Seguridad Social.
El rechazo del Real Decreto-ley 16/2025, el mismo que incluía entre otras medidas el alza de las pensiones, ha causado incertidumbre sobre qué ocurre cuando una norma entre en vigor y luego es derogada. Bajo ese contexto, muchos jubilados se cuestionan si ese aumento aplicado en enero podría considerarse un cobro indebido y si hay posibilidad alguna de que la Administración exija su devolución.
¿Se debe devolver el dinero a la Seguridad Social?
La respuesta es clara: no habrá que devolver el dinero cobrado en enero. La subida que se aplicó en la primera nómina del año no se considera, bajo ningún caso, un ingreso indebido y no podrá ser reclamada a los pensionistas. Las cantidades depositadas conforme a la norma vigente en ese momento son totalmente legales y forman parte del patrimonio del beneficiario desde el momento en que se realiza el pago.
La explicación radica en el funcionamiento jurídico de los reales decretos-ley. Este tipo de normas despliegan todos sus efectos en el momento de su entrada en vigor, que en esta situación fue el 1 de enero de 2026 y continúan siendo plenamente aplicables hasta el momento en que el Congreso decide convalidarlas o derogarlas.
En ese periodo, la revalorización de las pensiones se encontraba en vigor, la Tesorería General de la Seguridad Social actuó según ley y depositó las prestaciones con los montos actualizados. Una vez realizada la nómina, el derecho queda consolidado, independientemente de lo que ocurra luego del trámite parlamentario.
Ómnibus 2026
Esta situación no es nueva. En el año 2025 se produjo una situación similar con otro decreto conocido como «ómnibus», que también fue rechazado inicialmente y luego aprobado más tarde. En ese momento, ningún jubilado tuvo que devolver un solo euro de lo cobrado, justamente porque el pago se había realizado mientras la norma estaba vigente. El contexto ahora es el mismo: el cobro de enero genera un derecho adquirido para el beneficiario, y precisamente ese dinero no puede ser reclamado con carácter retroactivo.
En el pasado mes de enero, las pensiones enviadas por la Seguridad Social se abonaron con los incrementos previstos en el decreto. Las pensiones contributivas se revalorizaron un 2,7%, mientras que las pensiones mínimas subieron un 7%.






