Jerez Cofrade
  • INICIO
  • NOTICIAS
  • INICIO
  • NOTICIAS
  • Seguridad Social
  • IMSERSO
  • Agencia Tributaria
  • Pensión De Viudedad
  • Sepe
  • Servicio Público De Empleo Estatal (SEPE)
  • Ingreso Mínimo Vital
  • Jubilación
Jerez Cofrade
No Result
View All Result

Prestación por cuidado de menores con cáncer y todos los requisitos para recibir este subsidio

Para obtener la prestación por cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave se necesita cumplir con un serie de requisitos.

  • Autónomos en España y la decisión del SEPE que los afectará directamente
  • IMSERSO y las iniciativas de apoyo y formación para cuidadores no profesionales
Héctor Honores Héctor Honores
06/02/2026 04:16 04:16
en NOTICIAS
Prestación por cuidado de menores con cáncer y los requisitos de la Seguridad Social

Prestación por cuidado de menores con cáncer y los requisitos de la Seguridad Social

Para efectos de la prestación por cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave, se considera situación protegida la reducción de la jornada de trabajo de, al menos, un 50 por ciento que llevan a cabo los progenitores, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente: cuando ambos trabajen o cuando solo haya un progenitor por tratarse de familias monoparentales, para el cuidado directo, continuo y permanente del menor a su cargo afectado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave que requiere ingreso hospitalario de larga duración, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.

La acreditación del padecimiento del cáncer u otra enfermedad grave, de tal manera como la necesidad de hospitalización y tratamiento y de cuidado durante el mismo, se realizará mediante el informe de servicio público de salud u órgano sanitario de la comunidad autónoma correspondiente.

Si el paciente alcanza la mayoría de edad, si persistiera el padecimiento del cáncer o la enfermedad grave, diagnosticada antes de alcanzar la mayoría de edad, y en caso subsistiera la necesidad de hospitalización, tratamiento y de cuidado durante el mismo, se mantendrá la prestación económica hasta los 23 años de edad.

Prestación por cuidado de menores con cáncer: requisitos

Resultarán beneficiarios de esta prestación por cuidado de menores con cáncer las personas trabajadoras, cualquiera que sea su sexo, que reduzcan su jornada en, al menos un 50 por ciento de su duración, siempre que reúnan la condición general exigida de encontrarse afiliados y en alta, y las demás condiciones reglamentariamente se establezcan y acrediten los siguientes periodos mínimos de cotización:

  • Si la persona trabajadora tiene menos de 21 años en la fecha en que se inicie la reducción de la jornada, no se solicitará período mínimo de cotización.
  • En caso la persona trabajadora tiene cumplidos veintiún años de edad y es menor de veintiséis en la fecha en que se inicie la reducción de jornada, el período mínimo de cotización solicitado será de 90 días cotizados dentro de los siente años inmediatamente anteriores. Se considerará cumplido el requisito si, de manera alterna, acredita ciento ochenta días cotizados a lo largo de su vida laboral, días anteriores a la fecha indicada.
  • Si la persona trabajadora tiene cumplidos veintiséis años de edad en la fecha en que se inicie la reducción de jornada, el período mínimo de cotización exigido será de 180 días cotizados dentro de los siete años inmediatamente anteriores a la fecha. Se considera válido si cumplió el requisito si, alternativamente, demuestra trescientos sesenta días cotizados a lo largo de su vida laboral, siempre con anterioridad a la fecha señalada.
  • Cuando coincidan en ambos progenitores, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, las circunstancias necesarias para tener la condición de beneficiarios de la prestación por cuidado de menores con cáncer, el derecho a percibirla solo podrá ser reconocido a favor de uno de ellos.
  • En un presunto caso de separación o divorcio, el derecho de la prestación por cuidado de menores con cáncer será reconocido al progenitor, guardador o acogedor con quien conviva la persona enferma.

Si la persona enferma sea mayor de edad y contraiga matrimonio o constituya una pareja de hecho, tendrá derecho a la prestación por cuidado de menores con cáncer quien sea su cónyuge o pareja de hecho, siempre que acredite las condiciones para convertirse en beneficiario y la reducción de jornada se hubiera iniciado antes del cumplimiento de los 18 años de edad por el progenitor, guardador o acogedor.

Tags: seguridad social
Noticias Relacionadas
Autónomos en España con carreras largas son afectados tras la decisión del SEPE.
Autónomos en España y la decisión del SEPE que los afectará directamente
IMSERSO ofrece apoyo y formación para cuidadores no profesionales.
IMSERSO y las iniciativas de apoyo y formación para cuidadores no profesionales
La Seguridad Social permitirá que el Ingreso Mínimo Vital sea compatible con otras ayudas sociales.
La Seguridad Social permitirá compatibilizar el Ingreso Mínimo Vital con otra ayuda social
Seguridad Social y Hacienda intercambiarán información con el fin de evitar fraudes y reforzar el control de sus servicios.
Atención autónomo: Seguridad Social y Hacienda amplían cruce de información
  • Autónomos en España y la decisión del SEPE que los afectará directamente
  • IMSERSO y las iniciativas de apoyo y formación para cuidadores no profesionales
  • La Seguridad Social permitirá compatibilizar el Ingreso Mínimo Vital con otra ayuda social
  • Atención autónomo: Seguridad Social y Hacienda amplían cruce de información
  • Estos son los jubilados de la Seguridad Social que cobrarán 3 mil euros mensuales
  • AVISO LEGAL
  • QUIÉNES SOMOS
  • CONTACTO
  • SITEMAP

© 2025 Jerez Cofrade Tv

  • INICIO
  • NOTICIAS

© 2025 Jerez Cofrade Tv