Cientos de personas trabajan como amas de casa y se encargan de mantener sus hogares sin recibir paga ni reconocimiento alguno por esa labor. Las actividades del hogar, como cuidar a los niños, atender personas mayores, limpiar o cocinar, resultan fundamentales para sobrellevar el equilibrio de una familia. En España, el número de amas de casa se ha reducido drásticamente en las últimas dos décadas.
De acuerdo a datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del Instituto Nacional de Estadística, en 2002 habían cinco millones de personas que se dedicaban a las labores del hogar, número que para el cuarto trimestre del 2025 se redujo a tan solo 2,4 millones aproximadamente. A raíz de esta problemática, gran parte de estas personas llegan a la edad de jubilación sin derecho a una pensión, pues nunca han cotizado a la Seguridad Social.
Por tal motivo, el Servicio Público Estatal (SEPE), integrado actualmente al Ministerio de Trabajo y Economía Social, determina que para los mayores de 52 años que han agotado la prestación por desempleo, como ocurre con muchas amas de casa, tienen la oportunidad de obtener un subsidio para desempleados mayores de 52 años. La ayuda está destinada a los trabajadores que no pueden acceder a una jubilación anticipada y carezcan de rentas suficientes para vivir dignamente.
Requisitos del SEPE para amas de casa
El principal problema con el subsidio brindado por el SEPE, eran los requisitos que tenían que cumplirse. Entre los más importantes se encontraba el de haber cotizado un mínimo de 6 años durante toda su vida laboral, esto resultaba excluyente para las amas de casa.
Sin embargo, los requisitos fueron modificados en 2024 luego de que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra fallara a favor de una empleada doméstica en su litigio contra el SEPE. El Tribunal indicó que debían computarse como periodo cotizados aquellos anteriores al Real Decreto-ley 16/2022, en los que la trabajadora estuvo inscrita en el Régimen Especial de Empleados del Hogar.
Ahora, las amas de casa que busquen acceder a este subsidio tendrán que cumplir con una serie de requisitos establecidos por la legislación vigente que regula estas prestaciones económicas:
- Edad: tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio del SEPE. Deberá acreditar que en la fecha del hecho causante correspondiente se reúnen todos los requisitos, menos la edad, y así acceder a la jubilación. Es decir, debe haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 años han de estar dentro de los últimos 15.
- Situación laboral: encontrarse en desempleo total o trabajo a tiempo parcial. Al mismo tiempo, debe estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y haber suscrito el acuerdo de actividad en la fecha del reconocimiento del derecho.
- Ingresos anuales: no tener rentas propias de cualquier tipo que en cómputo mensual sean superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el 2026, el SMI en España es de 1.184 euros brutos mensuales, por lo que el límite de ingresos permitidos es de 888 euros mensuales aproximadamente. De no cumplirse con este requisito en la fecha del causante, se podrá obtener la prestación si se cumple y acredita dentro del plazo de un año.
- Cotización: es necesario haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral. De acuerdo a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, los periodos cotizados en el Régimen Especial de Empleados del Hogar anteriores al Real Decreto-ley 16/2002 deben computarse para lograr cumplir el requisito.
Cómo y dónde solicitar el subsidio ante el SEPE
El requerimiento para obtener esta prestación ante el SEPE podrá ser presentada en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha del hecho causante. Si se solicita fuera de plazo, el derecho al subsidio nacerá el día de la presentación de la solicitud.
Se tendrá que justificar que el solicitante cumple con el requisito de carencia de rentas propias, presentando ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) una declaración de rentas cada 12 meses. Para acceder a la prestación , la solicitud la puedes presentar a través de las oficinas de prestaciones (cita previa), sede electrónica del SEPE, correo administrativo o cualquier oficina de registro público.




