Hay distintas razones para que un trabajador requiera una prestación económica por incapacidad temporal, esto quiere decir una bajá médica. Este subsidio se calcula al aplicar un porcentaje sobre la base reguladora y su cuantía cambia en función de la contingencia que dio lugar a la incapacidad.
Al estar en una baja médica, solo se puede cobrar el 100% del salario cuando tu convenio colectivo lo determine. Se debe tener en cuenta que cada convenio es distinto y que sus cláusulas podrían variar. En caso tu convenio no lo concrete, la cantidad que recibirás será la determinada en la Ley General de la Seguridad Social y dependerá enteramente del tipo de incapacidad temporal que presentes.
Incapacidad temporal por enfermedad común
La prestación económica por incapacidad temporal por enfermedad común viene siendo una ayuda que brinda la Seguridad Social a los empleados que, a raíz de una enfermedad no relacionada con el trabajo, ven imposibilitados su desempeño en su actividad laboral.
- Se debe cumplir una serie de requisitos para tener derecho a esta prestación por enfermedad común:
- Contar con un parte de baja médica que demuestre la situación e incapacidad temporal
- Encontrarse afiliado a la Seguridad Social
- Demostrar un período de cotización de 180 días en los cinco años inmediatamente anteriores al inicio de la incapacidad
Sobre la cuantía de la prestación económica: esta consiste de un subsidio diario que se calcula en función de la base reguladora del trabajador y del origen de la incapacidad. Si tu caso es por enfermedad común, durante los primeros tres días de baja no se percibe ninguna cantidad.
La base reguladora es el criterio que usa la Seguridad Social para determinar las prestaciones a las que cada trabajar tiene derecho. Se fija en función de las bases de cotización del beneficiario durante un período determinado anterior a la baja médica y su cálculo se modifica de acuerdo al tipo de contingencia y el régimen de cotización.
Sobre la duración de la incapacidad temporal por enfermedad común, esta puede prolongarse hasta un máximo de 365 días. Sin embargo, los servicios médicos consideran que no te encuentras en plenas facultades, podría aplicarse una prórroga de hasta 180 días, llegando así a un máximo de 545 días. Lo cierto es que durante este tiempo debes someterte bajo controles médicos establecidos y cumplir con las obligaciones administrativas solicitadas.
Cuantía por incapacidad temporal
¿Se puede cobrar el 100% estando de baja? Sí, pero solo si tu convenio colectivo lo establece. Estos pueden determinar lo que se llama complemento de incapacidad temporal o mejora de incapacidad temporal. Pese a ello, cada convenio puede contener cláusulas muy distintas como por ejemplo que te de el 80% los primeros días, que recibas el 100% desde el día 1 o que incluso se condicione cobrar el 100% al estar hospitalizado.
No existe una regla general y no se puede cobrar el 100% porque sí bajo ninguna condición, pues está supeditado al estar en el convenio colectivo. Esto es lo que cobrarías por una incapacidad temporal por enfermedad común: los tres primeros días no cobras, desde el día 4 al 20 cobrarás el 60%, a partir del día 21 cobrarás el 75%.




