A partir del 1 de enero de 2026, y luego de aprobarse el Real Decreto-ley 3/2026, los pensionistas verán revalorizado su pensión un 2,7%, a excepción de las mínimas que subirán un 7% y las mínimas con cónyuge a cargo y las pensiones de viudedad con cargas familiares que lo harán un 11,4%. Si existe el caso de cobrar la pensión mínima de viudedad junto al complemento a mínimos, se debe tener cuidado, pues de superar cierto umbral, la Seguridad Social podría retirarnos el complemento, reduciendo la prestación a su importe real e incluso nos obligaría a devolver las cantidades cobradas por la recepción de un dinero indebido.
El complemento a mínimos viene siendo un cuantía económica que se agrega a la pensión contributiva de la Seguridad Social cuando la cuantía es menor a la establecida por ley. El complemento es la diferencia entre la pensión resultante y la pensión mínima. De acuerdo a los últimos datos del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, de los más de 10 millones de pensionistas que existe en España, un gran número percibe una pensión de viudedad.
En tanto, 564.012 de esas pensiones necesitan el complemento a mínimos para llegar al umbral digno establecido por el Estado, y con una cuantía media de este complemento de 325,15 euros mensuales.
Seguridad Social toma drástica decisión
Para continuar recibiendo el complemento en 2026, es necesario cumplir con el límite de ingresos fijado por el Gobierno en el nuevo Real Decreto-ley 3/2026. Los requisitos son, además de vivir en territorio español, que los ingresos anuales del beneficiario no superen una barrera determinada. De pasarse, el complemento se reduce o se elimina, provocando que la pensión baje hasta su nivel contributivo real.
Para el presente año 2026, estos límites de ingresos ajenos a la pensión se han fijado en:
- 9.442,00 euros anuales: para pensionistas sin cónyuge a cargo
- 11.013,00 euros anuales: para pensionistas con cónyuge a cargo
Un pensionista de viudedad que obtenga ingresos adicionales superior a estas cifras perderá el derecho al complemento a mínimos. La Seguridad Social recuerda que es obligación del ciudadano comunicar cualquier cambio o variación en sus ingresos, ya que afecta directamente a este derecho.
De no llegar a comunicarlo, y si la Seguridad Social detecta que se superó los límites, exigirá la devolución de todas la cantidades percibidas de manera indebida. Pese a ello, si luego los ingresos del pensionista vuelven a descender por debajo del límite, este podrá solicitar nuevamente la aplicación del complemento.




