El Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) es conocido por ser el plan de vacaciones para las personas de la tercera edad. La normativa vigente para la temporada 2025-26 muestra que el abanico de beneficiarios es más amplio de lo que se tenía previsto, permitiendo así el acceso a personas de mediana edad y distintos colectivos que todavía no alcanzan la jubilación.
Viudedad y desempleo: límites del IMSERSO
De acuerdo a la Orden SCB 926/2018, las personas que cobran una pensión de viudedad en el sistema público pueden inscribirse para los viajes del IMSERSO siempre que tengan 55 años o más. Este dato implica una ventaja de una década respecto a la edad de jubilación ordinaria.
Del mismo modo, existe un oportunidad poco conocida para aquellos que están en situación de vulnerabilidad laboral. Estas personas que perciben prestaciones o subsidios de desempleo, tienen la posibilidad de participar en el programa si han cumplido los 60 años. Este límite se aplica para aquellos que cobran pensiones por otros conceptos distintos a la jubilación.
Acceso para residentes en el extranjero
Le Ley determina que cualquier persona que sea asegurada o beneficiaria del sistema de Seguridad Social en España puede tomar una plaza si tiene 65 años o más, siempre que forme parte de los grupos de la «España exterior», que incluye tanto a los españoles residentes en el extranjero que cumplan los requisitos de edad o pensión y a los emigrantes retornados, que pueden acceder siempre que se mantengan como pensionistas del sistema público del país al que emigraron en su día.
Esto dice el IMSERSO de los acompañantes
La normativa también facilita la conciliación familiar. Los usuarios pueden ir acompañados por su cónyuge, pareja de hecho o conviviente estable sin la necesidad que estos tengan que cumplir ningún requisitos de edad o pensión.
Adicionalmente, se permite que viajen los hijos con una discapacidad igual o superior al 45%, siempre que lo hagan con sus padres y se alojen en la misma habitación, o en todo caso paguen el suplemento individual. El requisito indispensable para todos los viajeros acogidos al IMSERSO, a excepción de los hijos, es que deben ser autónomos para las actividades básicas de la vida diaria, pues el programa no incluye asistencia personal.




