La Seguridad Social podrá quitarte hasta 600 euros al mes de tu pensión. Esto puede pasar con las personas que buscan adelantar la jubilación a los 61 años, pues sufrirán una penalización que puede bordear el 30%. Ocurre en casos de los trabajadores que buscan acogerse a la jubilación anticipada involuntaria, que permite a los ciudadanos adelantar hasta 48 meses el acceso a la retirada, pero obteniendo una serie de penalizaciones.
A partir del 1 de enero del 2026, existen nuevos requisitos establecidos por la Seguridad Social para todos los jubilados. Según la leu 27/2011, para jubilarse en España a los 65 años con el 100% de la pensión, se debe acreditar 38 años y tres meses de cotización en la vida laboral y, caso contrario, se tendrá que esperar hasta los 66 años y 10 meses.
El próximo 2027 la edad de jubilación se volverá a retrasar hasta los 67 años para las personas que no lograron acreditar una cotización mínima de 38 años y seis meses. Esto requisitos fueron modificados en 2026 para las personas que buscan acogerse a la jubilación anticipada, sea de manera voluntaria o involuntaria.
La primera opción ofrece a los trabajadores la posibilidad de adelantar hasta 24 meses la jubilación, pero siempre cumpliendo con una serie de requisitos, mientras que la segunde permite a los asalariados que hayan sufrido un despido, poder adelantar la jubilación hasta cuatro años antes, a partir de los 61 años de edad. Sin embargo, la penalización en este caso puede ser de hasta un 30%, lo que equivale a 600 euros menos en la pensión.
Medidas de la Seguridad Social
La Seguridad Social te ‘quitará’ un 30% de la pensión si llegas a acogerte a la jubilación anticipada involuntaria y pretender adelantar el retiro hasta 48 meses con un periodo cotizado de menos de 38 años y seis meses. Para acogerse a esta opción, los trabajadores deben cumplir con varios requisitos, siendo el más importante haber sido despedido por causas legales, sea en un Expediente de Regulación de Empleo, un despido objetivo, extinción del contrato por causa mayor o por resolución judicial.
Además, el trabajador también deberá tener una edad inferior en cuatro años a la que se establece por ley y haber cotizado un mínimo de 33 años, siendo dos dentro de los 15 previos a la solicitud. Asimismo, debe estar inscrito en el paro al menos seis meses antes de presentar la solicitud y acreditar que se cobró o se solicitó el recibo de la indemnización luego del despido. Luego, en ase a los meses que se quiera adelantar la jubilación y los años cotizados, se establecerá una serie de penalizaciones que pueden ser de hasta un 30%.
Penalizaciones de la jubilación anticipada voluntaria
A esta modalidad, la Seguridad Social ofrece el retiro hasta 24 meses antes y se podrán acoger los españoles que se encuentren trabajando en una situación asimilada de alta y puedan acreditar un periodo de cotización de al menos 35 años. La penalización también se mantendrá en función de los años cotizados y los meses de adelanto de la jubilación, que puede ir desde el 2,81% de reducción en la pensión hasta un 21% para los que busquen adelantar 24 meses la pensión y hayan cotizado menos de 38 años y seis meses.




