Aquellos que agoten la prestación contributiva sin encontrar empleo pasarán a cobrar el Ingreso Mínimo Vital de manera automática, pero con cuantías reforzadas en 2026. En España los que han cotizado al menos 2.160 días durante los últimos seis años, pueden cobrar el paro durante 24 meses.
Sin embargo, qué ocurre cuando se agota ese tiempo y no encuentras trabajo. A partir del 2026, el Gobierno permitirá enlazar directamente esa prestación con el Ingreso Mínimo Vital, sin la necesidad de perder los ingresos.
Así funciona el paso del «paro» al Ingreso Mínimo Vital
Este cambio se encuentra regulado en el Real Decreto-Ley 2/2024, con fecha de 21 de mayo, y se basa en el cruce de datos entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En el trimestre anterior al agotamiento del subsidio, el SEPE informará a la persona en paro de la posibilidad de ceder sus datos y los de su núcleo familiar para tramitar el Ingreso Mínimo Vital.
En caso el desempleado de su consentimiento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social tendrá toda la información necesaria y dispondrá de diez días desde el final del paro para reconocer la nueva ayuda. En la práctica, se pasa del cobro de la prestación por desempleo al Ingreso Mínimo Vital de forma automática, sin trámites complicados ni demoras burocráticas, es decir un cambio de prestación sin papeleo.
Requisitos del Ingreso Mínimo Vital para este beneficio
Para obtener esta prestación de manera automática es necesario haber agotado la prestación contributiva por desempleo, que llega hasta los 24 meses para quienes logran cotizar los 2.160 días. Desde ese momento, y si no se encontró empleo, el Ingreso Mínimo Vital podrá sustituir al paro de forma inmediata una vez autorizado el cruce de datos. El proceso sigue los siguientes pasos:
- En el trimestre previo al final del subsidio, el SEPE informa la opción de pasar al Ingreso Mínimo Vital.
- La persona desempleada facilita sus datos y los de su unidad familiar dando su consentimiento.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social recibe la información y da resolución a la solicitud en 10 días posteriores al fin del paro.
- El beneficiario cruza el cobro del paro con el del IMV sin interrupciones de ingresos.
De esta manera, el tránsito entre una prestación y la otra se convierte en una vía sencilla y sin complicaciones.




