Quizás puede parecer raro o muy intuitivo, pero no es ninguna nueva ley extraña ni supone una larga espera. Tiene una razón. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha aclarado la situación y explicado la razón de por qué no siempre se entra automáticamente en situación legal de desempleo luego de un despido, hecho que puede retrasar el acceso a esta ayuda económica.
El matiz legal aparece cuando quedan días de vacaciones pendientes de disfrutar. En este caso no podrás iniciar el trámite hasta que pasen esos días, aunque ya no estés yendo a trabajar. De acuerdo a como explica el SEPE, si te quedan días de vacaciones por disfrutar, no puedes solicitar tu prestación contributiva todavía porque no te encuentras aún en situación legal de desempleo, requisito indispensable para tener derecho a la prestación por desempleo.
Condiciones del SEPE
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) considera que la situación legal de desempleo solo se alcanza una vez finalice el periodo equivalente a esas vacaciones retribuidas y no disfrutadas, aunque la empresa te haya abonado su importe en el finiquito. Esto ocurre a que durante esos días, la empresa continúa cotizando por ti a la Seguridad Social, como si todavía siguieras dado de alta.
Cómo pedir el paro ante el SEPE
Si estás viviendo esa situación, lo que debes hacer es lo siguiente. Una vez transcurrido el periodo de vacaciones, cuentas con esos 15 días hábiles para presentar la solicitud del paro. Podrás gestionarlo a través de la Sede Electrónica del SEPE, siempre que cuentes con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. También podrás acudir a una oficina de prestaciones, aunque aquí necesitarás cita previa.
Para que logres la aprobación de la prestación, tendrás que haber cotizado al menos 360 días por desempleo durante los últimos 6 años, encontrarse en situación legal de desempleo y haber cesado involuntariamente en tu último trabajo, estar afiliado y en alta o situación asimilada en la Seguridad Social, bajo un régimen que contemple la cobertura por desempleo, asimismo figurar inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que cobres la prestación, y por último no haber llegado a la edad ordinaria de jubilación.
Tampoco en la situación de estar realizando trabajo por cuenta propia o ajena a tiempo completo, a excepción en los casos de compatibilidad aprobada y estar cobrando una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
Qué pasa si presentó mi solicitud antes al SEPE
Este es uno de los errores más comunes en estas situaciones. Presentar la solicitud al SEPE antes de que finalicen esos días de vacaciones, provocará que te denieguen el trámite, pues no estarás legalmente desempleado.
Esto también podría afectar el inicio del cobro del paro, incluso aunque finalmente se te reconozca el derecho. Por ello, es importante respetar el plazo. No solicitarlo dentro del plazo legal tras el final de las vacaciones, puede supone que pierdas días de prestación, pues se te descontarán del total acumulado.




