El convenio especial se trata de un acuerdo voluntario que pueden suscribir los trabajadores que desean generar, mantener o ampliar el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social. Casi siempre se suelen acoger al mismo las personas que han sido dadas de baja o han perdido su empleo y a las que les quedan pocos años por cotizar con el fin de tener derecho a una pensión.
En esta situación el trabajador trata de seguir aportando, pues el mismo asume los costes de las cuotas esto con el fin de mantener, e incluso, mejorar su futura pensión de jubilación. La Seguridad Social sitúa como ejemplo a una persona que tiene entre 50 y 55 años, y se encuentra en paro, por lo que tiene la oportunidad de suscribir el convenio especial para continuar cotizando hasta llegar a su tiempo ordinario de jubilación, es decir 15 años de cotización mínima, 33 para la jubilación anticipada involuntaria y 35 para la voluntaria.
Durante todo ese tiempo que cubre el convenio especial se cuenta como años trabajados. Sin embargo, hay que cumplir unos requisitos para suscribir tal acuerdo. De esta manera, se necesita un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los 12 años anteriores a su baja en el sistema. En el preciso momento en que vuelve a trabajar, o se jubile, se suspenderá el acuerdo del convenio especial. Asimismo, se extinguirá el acuerdo en caso existe un impago de tres meses o con la propia renuncia de la persona.
Así afecta el convenio especial a tu pensión
El convenio especial cubre la jubilación, incapacidad permanente y la muerte/supervivencia por contingencias comunes, y se recomienda pedirlo en los 90 días siguientes a la baja, aunque podría realizarse de manera posterior. En este 2026, se encuentra en vigor la última reforma de la Seguridad Social, la misma que cambia el periodo de tiempo con el que se calcula la cuantía para la jubilación.
Para este año, la base reguladora se calcula con el mayor importe que resulte entre dos opciones: las últimas 300 bases de cotización (25 años) y las 302 bases de cotización (25,16 años) de mayor importe entre las últimas 304 bases mensuales (25,33 años).
En caso se calcula en base a la última opción, el número de meses para la cifra de la base reguladora irá aumentando entre 2026 y 2037, incrementándose en cuatro meses más para cada año que pase.
Es importante recordar que a partir del 2037, será la Seguridad Social la que elija de oficio cuál es la base reguladora de mayor importe entre estas dos opciones: considerando los últimos 25 años cotizados o la consideración de los mejores 27 años seleccionados entre los 29 años previos a la jubilación.




