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Excedencia voluntaria y los únicos casos que permiten cobrar el paro del SEPE

Se debe cumplir ciertas condiciones para lograr cobrar el "paro" del SEPE cuando se está bajo la excedencia voluntaria.

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Héctor Honores Héctor Honores
24/02/2026 09:03 09:03
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Excedencia voluntaria y las situaciones que te permite cobrar el "paro" del SEPE.

Excedencia voluntaria y las situaciones que te permite cobrar el "paro" del SEPE.

La excedencia voluntaria viene siendo un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores que permite a los empleados colocar en suspensión el contrato de trabajo durante un periodo determinado sin que se pierda el vínculo con la empresa.

Durante 2024 se registraron un total de 53.471 excedencias laborales en España, de acuerdo a los datos informados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Gran parte de los solicitudes corresponden a mujeres que representan un 84,4% del total, frente a los hombres que apenas alcanzaron el 15,6%.

La excedencia voluntaria permite que el trabajador cuente con al menos un año de antigüedad ausentarse entre cuatro meses y cinco años sin justificar motivos. «Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria», como lo establece el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Qué dice la excedencia voluntaria

La norma aclara que no se reserva el puesto, sino que al volver el trabajado conserva solo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que existan o se produzcan en la empresa. Esto implica que si finaliza la excedencia voluntaria no hay vacantes disponibles, el trabajador deberá buscar otras alternativas, incluyendo la posibilidad de solicitar una prestación por desempleo o paro.

Mientras tanto, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) exige que el solicitante se encuentre en una situación legal de desempleo para poder recibir prestaciones. Es por ello que si un trabajador se encuentra en excedencia voluntaria y requiere del paro, el SEPE se lo denegará

Sin embargo, existe dos opciones para estas situaciones:

  • Si el trabajador comienza un nuevo empleo durante la excedencia y finaliza el contrato por causas ajenas a su voluntad. Mientras dure la excedencia voluntaria, podrá cobrar el paro hasta que finalice este periodo. Al concluir la excedencia, la prestación se suspende y solo reactivará si la empresa no recoloca al trabajador y se solicita de nuevo el paro.
  • En caso la excedencia haya finalizado. En este caso el trabajador debe solicitar primero el reingreso en su empresa. Solo si la empresa se niega formalmente a reincorporarlo, el trabajador pasaría a una situación legal de desempleo y puede cobrar el paro.

Despido tácito es una vía legal

Otro problema recurrente surge cuando la empresa no comunica si existen vacantes tras la excedencia voluntaria, dejando al trabajador sin derecho al paro. En esta situación, aparece la figura del despido tácito que se da cuando el contrato finaliza sin comunicación expresa de la empresa.

Esto no se encuentra regulado en la ley, pero existe jurisprudencia favorable: algunos tribunales han reconocido su existencia cuando se acredita que el trabajador intentó reincorporarse y solo recibió evasivas de la empresa. Si ocurre este caso, el trabajador pasa a estar en situación legal de desempleo y puede cobrar la prestación por desempleo.

Tags: excedencia voluntariaseguridad socialsepe
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