La Seguridad Social retiró la condición que había puesto a patronales y sindicatos para continuar con la tramitación de la jubilación anticipada y sindicatos para seguir con la tramitación de la jubilación anticipada de los conductores profesionales.
Así, ya no será necesario que los agentes del diálogo social simplifiquen la identificación fiscal de los más de 300.000 trabajadores que se verían beneficiados por adelantar la jubilación. El Ministerio de Transporte es quien se encargará de recopilar los datos.
El 9 de febrero pasado, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social había solicitado la identificación de los conductores profesionales a CCOO y UGT (como representantes de los trabajadores) y a CETM, Fenadismer y Fitrans (parte empresarial). De no entregar los datos en 20 días hábiles, la Seguridad Social desestimaría la solicitud de la jubilación anticipada.
Todos estos sindicatos, y tres patronales, habían presentado en octubre pasado la petición para que se evaluara brindar a los conductores profesionales los coeficientes reductores que permiten rebajar la edad de jubilación de acuerdo a los años cotizados en los trabajos que la Seguridad Social reconozca como «penosos, peligroso o tóxicos».
El requerimiento de la Seguridad Social incomodó a las dos partes del diálogo social, que lo veían como una impedimento injustificable, pues la propia Administración podía recopilar los datos, ya que las empresas pagan por los conductores profesionales una cotización extra por accidentabilidad, que viene reflejada en la nómina.
La solución de la Seguridad Social
El último viernes, el organismo comunicó que se da por cumplir el requerimiento de 9 de febrero en la medida en que los datos de NIF de ambos colectivos, conductores de viajeros y de mercancías, van a ser aportados por parte del Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible.
La marcha atrás por parte de la Seguridad social viene después de la presión que ejercieron los sindicatos. Todos los solicitantes de los coeficientes reductores habían enviado una carta a la administración expresando que el organismo ya tenía esos datos.
Adicionalmente, el Tribunal Supremo había anulado este requerimiento a raíz de una denuncia que había interpuesto el sindicato UGT. Cualquiera sea el caso, el camino hacia la jubilación anticipada aún no está despejada. El decreto que regula los coeficientes indica que las patronales y sindicatos tienen derecho a pedirlos para un determinado colectivo de trabajadores, sin embargo será la Seguridad Social quien decida si se concede y en qué grado.
Agentes del diálogo social presentaron tres expedientes para conductores de viajeros, de mercancías y de grúas autopropulsadas. Además, en representación de los conductores autónomos, Fenadismer otro expediente para ese colectivo. La Seguridad Social cuenta con 6 meses para resolver cada uno de los expedientes, que fueron presentados en octubre pasado.




