El alza del Salario Mínimo Interprofesional en 2026 no solo mejora las nóminas, sino también aumenta el límite de rentas para acceder a varios subsidios por desempleo. La actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) fijada en el Real Decreto 126/2026 ha elevado hasta 915,75 euros mensuales la renta máxima que el SEPE utiliza como referencia general de carencia de rentas para varios subsidios por desempleo.
Así afecta el alza del Salario Mínimo Interprofesional
El Salario Mínimo Interprofesional no solo influye en las nóminas, también arrastra cambios automáticos en las ayudas. Al aumentar esa cifra oficial, se mueve el filtro económico que se aplica a los solicitantes y aumenta el margen para aquellos que cuentan con ingresos ajustados.
Con el SMI de 2026 ya fijado, el organismo detalló en sus comunicaciones la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional y su reflejo en la tabla de cuantías anuales, en la que se recoge la renta máxima permitida para acceder a los subsidios. Estas son las cifras oficiales que conviene revisar el requisito económico en 2026:
- SMI mensual (14 pagas): 1.221 euros
- SMI anual: 17.094 euros
- Renta máxima de acceso a subsidio: 75% SMI: 915,75 euros al mes
Ese tope de 915,75 euros mensuales, equivalente al 75% del SMI mensual en 14 pagas. Este es el corte general que se usa para evaluar la carencia de rentas en diferentes subsidios, que incluyen la ayuda para mayores de 52 años.
Cálculo de las rentas
El requisito de carencia de rentas no se limita al Salario Mínimo Interprofesional. En el cálculo entran rendimientos del trabajo: sueldos, pagas, trabajos esporádicos, además de capital mobiliario, capital inmobiliario e ingresos de actividades económicas por cuenta propia y por último prestaciones o pensiones.
El error más común es comparar los ingresos con el umbral equivocado o con un valor desactualizado. Para los subsidios, se toma el 75% del Salario Mínimo Interprofesional mensual en 14 pagas y, para el 2026, el límite correcto llega a 915,75.
Otro efecto del alza del Salario Mínimo Interprofesional
En cuanto al subsidio para mayores de 52 años es uno de los más afectados, porque exige una carencia de rentas estricta y, al mismo tiempo, mantiene cotización para la futura pensión mientras se cobra. La subida del SMI no cambia la cuantía mensual de la ayuda, pero sí el límite de ingresos: con los mismos importes que antes podían superar el tope, ahora el expediente puede variar de denegado a viable si la renta quedó por debajo de 915,75 euros mensual.
Además, si tienen 52 años o más, se acreditan cotizaciones suficiente para la jubilación y por desempleo, se está inscrito como demandante de empleo y se cumple el compromiso de actividad en el periodo de referencia de la solicitud, prórroga o reanudación.




