La declaración de la Renta iniciará el próximo 8 de abril en todo España, y los contribuyentes ya pueden comenzar a revisar las deducciones automáticas disponibles. Entre los beneficios fiscales que se destacan, están aquellos orientadas a incentivar hábitos de vida saludable y la práctica deportiva, en este rubro ingresan la deducción por gastos de gimnasio, que permite recuperar hasta 300 euros. Esto solo se podrá deducir en ciertas comunidades autónomas.
Como indicamos, esta deducción está disponible en la Comunidad Valencia y La Rioja, territorios donde los contribuyentes pueden obtener beneficios de incentivos fiscales por los gastos asociados a instalaciones deportivas. Para aplicar a esta ventaja fiscal durante la declaración de la renta, es imprescindible que el pago no se realice en efectivo.
Declaración de la renta: deducción en La Rioja
Aquellos residentes en La Rioja pueden aplicarse para una deducción del 30% de los gastos en actividades deportivas, porcentaje que aumenta hasta el 100% para los contribuyentes mayores de 65 años. La normativa que regula este beneficio fiscal queda recogida en el artículo 32.17 de la Ley 10/2017, de 27 de octubre, por el que se consolidan las disposiciones legales en materia de impuestos propios de la comunidad.
Dentro de los requisitos establecidos por Hacienda figura que la actividad debe realizarse dentro del periodo fiscal y específicamente en ciertas entidades que se encuentran inscritas en el Registro del Deporte de La Rioja. El gasto se tiene que justificar a través de una factura completa u ordinaria, de acuerdo a lo que determina la norma. Si más de un contribuyente cuenta con derecho a esta deducción por gastos compartidos, el monto deducible y el límite máximo se dividirán.
Declaración de la renta: deducción en la Comunidad Valenciana
En tanto, los valencianos también pueden deducirse hasta el 30% de los gastos vinculados a la práctica deportiva y actividades saludables, con un límite máximo de 150 euros por cada contribuyente. Este porcentaje incrementa considerablemente en función de la edad: alcanza el 50% para mayores de 65 años y el 100% para mayores de 75 años.
Mientras que la normativa valencia solicita que los pagos se efectúen mediante factura y justificante de pago realizado por tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito. El total de la base liquidable general y del ahorro no puede superar los 32.000 euros en tributación individual ni los 48.000 euros en conjunto. Cuando varios contribuyentes cuenten con derecho a la aplicación de esta deducción, las cantidades satisfechas y el límite de la misma se prorratearán por partes iguales.




