En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) existe una deducción particular para quienes conviven y mantienen económicamente a sus padres o abuelos, es decir a sus ascendientes a cargo. No se trata de una ayuda que se cobre en una cuenta bancaria, sino una reducción fiscal que disminuye lo que vas a pagar en la declaración de la Renta.
Es así que la Agencia Tributaria contempla que cuidar de una persona mayor significa una carga económica y reconoce esa situación con una reducción en la base imponible del impuesto. Dicha reducción puede llegar a 1.150 euros anuales en el caso de mayores de 65 años y ser superior en el caso que el ascendiente tenga más edad o determinadas circunstancias.
Declaración de la Renta y cómo deducir impuestos
El importe de la deducción en la declaración de la renta no es igual para todos los casos, pues depende principalmente, como se dijo anteriormente, de la edad del ascendiente y de si cumple las condiciones solicitadas.
Mayores de 65 años: la deducción general estatal por ascendiente a cargo puede alcanzar los 1.150 euros anuales, siempre y cuando se logre cumplir con todos los requisitos de convivencia y rentas.
Mayores de 75 años: la normativa permite un aumento de la deducción que puede sobrepasar los 2.500 euros, esto supone un alivio mayor para aquellos que cuidan de personas muy mayores.
Declaración de la renta: qué revisa Hacienda
Hacienda es muy estricta con la deducción, por lo que conviene revisar con calma las condiciones antes de aplicar al beneficio. Los requisitos más importantes son:
- Ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad: padre, madre, abuelo o abuela debe tener 65 años, o en todo caso tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, a pesar que no alcance esa edad.
- Convivencia real y continúa: el ascendiente debe vivir contigo durante por lo menos seis meses al año, no basta con recibir visitas puntuales o estancias ocasionales. Durante una comprobación, la Agencia Tributaria puede solicitar empadronamiento, contratos de alquiler, facturas de suministros u otros documentos que prueben que reside de forma habitual en tu vivienda.
- Dependencia económica: límites de ingresos, pues el ascendiente no puede tener rentas anuales superiores a 8.000 euros y no debe haber presentado declaración de IRPF con ingresos superiores a 1.800 euros. Esta pensado para que la deducción durante tu declaración de la renta solo beneficie quienes verdaderamente soportan el coste económico del cuidado.
- Reparto entre varios hijos: si diferentes hermanos conviven y cumplen los requisitos con el mismo ascendiente, la deducción se efectúa a partes iguales entre ellos, y cada uno la debe aplicar en su propia declaración a la renta.
Adicionalmente, es importante guardar todos los justificantes que acrediten convivencia, dependencia económica y grado de discapacidad, por si Hacienda solicita documentación en una revisión.




