El sistema público de pensiones en España registra 10,42 millones de prestaciones contributivas que alcanzan a 9.42 millones de personas, pues algunos pensionistas perciben más de una paga. En el interior de ese esquema, las pensión por discapacidad o invalidez están sujetas a requisitos concretos. Están destinadas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% y sin recursos económicos suficientes.
Para lograr el acceso a la pensión por discapacidad de la Seguridad Social, es necesario acreditar una situación de insuficiencia de ingresos. Dicho requisito se evalúa a partir de diferentes parámetros económicos que varían según el tipo de pensión y la situación personal del solicitante. Si es el caso de las pensiones no contributivas, el límite general individual se fija en 8803,20 euros anuales. Este umbral se incrementa cuando la persona beneficiaria convive con familiares, pues la normativa contempla la capacidad económica del conjunto del hogar.
En el caso de dos convivientes, ya sea cónyuge o pariente, el tope asciende a 14.965,44 euros anuales y aumenta de manera progresiva por cada miembro adicional que integre la unidad de convivencia. Si eres de los que perciben otras pensiones y solicitan el complemento a mínimos, los límites de ingresos son diferentes. El máximo permitido es de 9,442 euros anuales si no existe cónyuge y de 11.013 euros anuales en los casos en que se tiene cónyuge a cargo, una distinción importante en la evaluación del derecho al complemento.
Pensión por discapacidad: normativas que se exigen
Además, la normativa exige la presentación de una declaración anual de ingresos ante el IMSERSO. Este trámite es obligatorio para verificar que se mantienen los requisitos económicos establecidos y constituye un mecanismo de control destinado a evitar suspensiones o devoluciones de la pensión por discapacidad.
Por otro lado, es de suma importancia presentar una declaración anual de rentas durante el primer trimestre de cada año para mantener la pensión. En lo que respecta a la pensión por incapacidad permanente, la cuantía puede variar de acuerdo al grado de discapacidad reconocido y la base reguladora de cada trabajador.
¿Por qué te podrían quitar la pensión por discapacidad?
Un detalle importante a tener en cuenta es que las pensiones de invalidez no se mantienen indefinidamente y, además, son revisables. Esto significa que al cabo de un tiempo, el caso se puede evaluar para comprobar si se ha producido una mejora o deterioro en la condición del beneficiario.
- La revisión a cargo de la Seguridad Social se realiza cada dos años y puede resultar en modificaciones de la prestación o inclusión en su extinción.
- Si un individuo considera que sus circunstancias personales han cambiado y que puede, por ejemplo, recibir una cuantía mayor, podrá solicitar la revisión de incapacidad.
- De acuerdo a los requisitos establecidos, estas pensiones se suspenderán al cumplir los 65 años de edad.
Lo mismo sucede con la pensión de discapacidad. Al llegar a la edad jubilatoria, los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente comienzan a recibir la pensión de jubilación por la de discapacidad, puesto que ambas prestaciones son incompatibles.
Es importante recordar que la pensión de jubilación es una forma de protección social para aquellos que alcanzan la edad de jubilación, mientras que la pensión de incapacidad es para los que, debido a su discapacidad, no pueden trabajar.




