Con el paso de los años, la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la normativa actual en pensiones han implementado diversas estrategias para salvaguardar las jubilaciones de grupos que han tenido su vida laboral suspendida.
Se destaca particularmente el caso de las mujeres que tienen hijos y, durante un periodo, no han trabajado para poder atender a los niños. No obstante, para este grupo, la Seguridad Social podría aceptar hasta siete años sin cotizar en ciertos casos, siempre que se den unas determinadas condiciones. Esto podría hacer posible el acceso a la jubilación o mejorarla.
Seguridad Social: años sin cotizar reconocidos
La Seguridad Social permite contabilizar algunos lapsos de tiempo en los que no se ha trabajado como si hubieran sido cotizados. Estos lapsos se conocen como cotizaciones ficticias. Se refiere a días o meses que no pertenecen a un trabajo real, pero que se incluyen en la vida laboral del empleado para calcular la pensión. El propósito es evidente: impedir que las interrupciones por maternidad o cuidado de los niños disminuyan el derecho a la pensión o su monto final.
El principal procedimiento es el reconocimiento de las cotizaciones por nacimiento y cuidado de los hijos. De acuerdo con la normativa, en realidad se pueden agregar hasta 270 días por cada niño por cuidado y también 112 días más por los partos. La acumulación de estos periodos podría tener un límite máximo de 1.825 días (5 años de cotización extra).
Sin embargo, este beneficio solo se aplica si la persona ha dejado de trabajar en ciertos períodos relacionados con el nacimiento o la adopción. Asimismo, la ley determina que estos periodos se consideran para optimizar la pensión, aunque no contribuyen a alcanzar el mínimo de años requeridos de cotización para tener acceso a ella.
Integración de lagunas: clave para la Seguridad Social
La incorporación de las lagunas de cotización es otro proceso esencial que se añade a estos cinco años de cotización ficticia. Este sistema facilita «completar» los periodos sin cotizar durante la vida laboral con bases mínimas, lo que previene una disminución drástica de la pensión.
Para las mujeres, desde 2026 es posible contar con un máximo de 60 meses (5 años) al 100 % de la base mínima y con otros 24 meses adicionales al 80 %. En el cálculo de la pensión, se podrían tener en cuenta hasta 7 años de períodos sin cotizaciones.
Otros casos de periodos sin cotizar
Aparte del cuidado de los hijos, existen otros métodos que hacen posible contabilizar años sin cotización. El primer de ellos es la excedencia para cuidar a los hijos o a familiares. La Seguridad Social toma en cuenta el tiempo de cotización para la pensión durante esos periodos. Las reducciones de jornada por cuidado se tratarán de la misma manera; en ciertas situaciones, las bases de cotización permanecerán como si fueran a jornada completa.
Por otra parte, está la doctrina del paréntesis, que permite no tomar en cuenta para el cálculo de la pensión los períodos en los que no se pudo trabajar por motivos justificables, como puede ser la enfermedad, el desempleo o el cuidado de otros.
Requisitos para obtener el beneficio
Para lograr que la Seguridad Social acepte estos plazos, es necesario que se satisfagan algunos criterios. Uno de ellos, y tal vez el más importante, es que la actividad laboral se haya detenido debido a un nacimiento o a cuidar hijos. Dicha interrupción debe ocurrir dentro de los plazos que la ley ha establecido. Asimismo, cuando se tramita la pensión es necesario realizar la solicitud.
No obstante, hay que considerar que únicamente uno de los padres puede recibir el beneficio y que, si ambos cumplen con los requisitos, la madre tiene preferencia.
Si es aceptado, los efectos serán muy positivos, ya que, en primer lugar, se incrementarán los años considerados para la pensión. Además, va a optimizar la base reguladora y disminuirá el impacto de las lagunas en las cotizaciones. ¿Qué significa? Que, ahora, esas personas que antes no podían acceder a una pensión contributiva porque no cumplían con el mínimo de años cotizados (que son 15), sí puedan hacerlo. Asimismo, se ha incrementado el monto mensual.
Así, la Seguridad Social intenta rectificar las inequidades estructurales al admitir que la maternidad tiene un impacto en el desarrollo laboral y que las interrupciones en el trabajo disminuyen las cotizaciones, lo cual incide directamente en las pensiones a las que se puede llegar por causa de esas circunstancias que obligaron a muchas personas (especialmente mujeres) a abandonar su trayectoria laboral para poder formar una familia.




