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Pensionistas por incapacidad permanente ya no deben pasar más revisiones médicas

Al llegar a una edad requerida, el pensionista por incapacidad permanente ya no tendrá que acudir a más revisiones médicas.

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Héctor Honores Héctor Honores
07/04/2026 23:50
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Jubilados que reciban pensión por incapacidad permanente ya no deberán pasar más revisiones médicas.

Jubilados que reciban pensión por incapacidad permanente ya no deberán pasar más revisiones médicas.

A lo largo de años, los controles médicos obligatorios han significado para miles de individuos con discapacidad que reciben una pensión por incapacidad permanente un motivo incesante de tensión. No obstante, este proceso ya no será obligatorio cuando se cumpla la edad normal de jubilación, lo que representa un gran alivio para aquellos que han tenido que vivir con la inseguridad y el miedo a perder su beneficio.

Según las leyes vigentes, cuando una persona llega a los 67 años (o a los 65 si ha contribuido durante 38 años y ocho meses como mínimo), quienes reciben una pensión por incapacidad permanente comienzan a recibir de manera automática una pensión de jubilación. Desde ese punto, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) ya no los llama para nuevas evaluaciones médicas.

Incapacidad permanente: indicador que aporta estabilidad

Para la mayoría de los individuos con discapacidad, sobre todo aquellos que padecen enfermedades crónicas o degenerativas, estos chequeos periódicos han representado una pesada carga emocional y administrativa que es complicada de justificar. Durante varios años, agrupaciones y colectivos que defienden los derechos han denunciado la naturaleza «injusta y agotadora» de estas convocatorias, las cuales frecuentemente requerían volver a justificar una condición médica ya reconocida oficialmente.

Esta iniciativa es entendida, desde la perspectiva del movimiento asociativo, como un avance hacia el reconocimiento de la dignidad de los individuos con discapacidades que han sido parte del mercado laboral y han satisfecho sus deberes contributivos. «No es lógico que una persona de 66 años tenga que seguir explicando por qué su discapacidad no se ha ido». Desde una entidad de representación del gobierno, se afirma: «Este cambio representa un triunfo de la justicia social y del sentido común».

Pasos hacia la jubilación sin más pruebas

La dispensa no solo suprime un proceso que con frecuencia era hostil, sino que además posibilita un traspaso más sereno en dirección a la jubilación, sin inconvenientes ni incertidumbre acerca de si la pensión se mantendrá. Asimismo, se admite de manera explícita que no es indispensable continuar evaluando a la persona después de una carrera laboral intensa y con una discapacidad admitida, ya que estas valoraciones suelen tener poco impacto en los resultados previos.

Edad para dejar de pasar revisión de pensión por incapacidad permanente:

  • Con 67 años no se necesita ningún requisito de cotización adicional
  • Con 65 años, se necesita cumplir el requisito de 38 años y 8 meses cotizados.

Esta modificación en las normas representa un alivio para cientos de familias, cuidadores y personas con incapacidad permanente, a quienes se les reconoce no solamente sus derechos sino también su dignidad. El enfoque ahora debería ser que esta exoneración se implemente sin obstáculos administrativos ni demoras injustificadas, asegurando así una jubilación sin barreras y libre de más pruebas.

Tags: incapacidad permanente
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