Una herencia le cuesta el Ingreso Mínimo Vital
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia que confirma la extinción del Ingreso Mínimo Vital (IMV) para una mujer que superó el límite de patrimonio permitido tras recibir una herencia. Además de perder la prestación, la afectada deberá reintegrar a la Seguridad Social un total de 5.169,23 euros que, según la entidad, fueron cobrados de manera indebida. El caso pone de manifiesto la importancia de comunicar cualquier cambio en la situación económica cuando se es beneficiario de esta ayuda.
La controversia se originó cuando la Seguridad Social, tras concederle una ayuda de 469,93 euros mensuales en 2020, detectó una irregularidad. Un cruce de datos con la Agencia Tributaria reveló que el patrimonio de la beneficiaria ascendía a 79.119,83 euros durante el ejercicio 2020, una cifra que excedía con creces el umbral máximo de 43.196,40 euros fijado para su unidad de convivencia. Este patrimonio incluía varios inmuebles y saldos bancarios provenientes de la herencia de su madre, lo que, a ojos de la administración, invalidaba su condición de vulnerabilidad económica.
El cruce de datos con Hacienda fue determinante
La detección del exceso de patrimonio no fue inmediata. La Entidad Gestora procedió a la revisión a finales de 2021, una vez tuvo acceso a los datos fiscales del año anterior. Fue en ese momento cuando se constató que la suma de los bienes heredados, desglosados en 75.209,84 euros en inmuebles y 3.910,02 euros en cuentas, la situaba por encima del límite legal. Es importante destacar que para este cálculo no se tuvo en cuenta su vivienda habitual, valorada en más de 340.000 euros. A raíz de este descubrimiento, se le reclamó la devolución de los importes correspondientes al periodo entre enero y noviembre de 2021.
La defensa de la beneficiaria y el fallo judicial
En su defensa, la mujer argumentó que no debía devolver el dinero, ya que consideraba que el cobro se debió a un «error de la propia autoridad competente». Alegó que, en el momento de solicitar el Ingreso Mínimo Vital, la escritura de la herencia aún no se había formalizado. Sin embargo, el tribunal desestimó por completo sus argumentos, aclarando que el foco del debate no era la composición de la herencia, sino si la administración había cometido un fallo al conceder y mantener la ayuda.
La sentencia del TSJ de Madrid es contundente al respecto: «no apreciamos error alguno cometido por parte de la Entidad Gestora, pues los datos tributarios de la actora no los pudo comprobar la entidad Gestora hasta el año siguiente». El tribunal recordó que la Ley 19/2021, que regula el IMV, establece una obligación clara para los beneficiarios. Concretamente, el artículo 15.2 exige comunicar a la Administración cualquier cambio que pueda afectar al derecho a la prestación en un plazo de 30 días naturales.
El fallo subraya que la beneficiaria tuvo la oportunidad de informar sobre la adjudicación de la herencia y no lo hizo. Esta falta de comunicación fue clave para la decisión judicial. La Sala concluyó que no se podía eximir a la demandante de su obligación de reintegro amparándose en un supuesto error del Estado, ya que la responsabilidad de notificar el cambio patrimonial recaía sobre ella. Por todo ello, se desestimó su recurso y se confirmó la obligación de devolver los 5.169,23 euros a la Seguridad Social.
¿Qué es el límite de patrimonio del Ingreso Mínimo Vital?
El límite de patrimonio es la cantidad máxima de bienes y activos (excluyendo la vivienda habitual) que una persona o unidad de convivencia puede tener para ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital. Este umbral varía anualmente y depende del número de miembros y de las características de la unidad familiar.
¿Tengo que comunicar a la Seguridad Social si recibo una herencia?
Sí, para poder seguir cobrando el Ingreso Mínimo Vital, es obligatorio comunicar a la Seguridad Social cualquier variación en la situación económica o patrimonial, como es el caso de recibir una herencia. La ley establece que esta comunicación debe realizarse en un plazo máximo de 30 días desde que se produce el cambio.
¿Qué ocurre si supero los límites para cobrar el IMV?
Si superas los umbrales de ingresos o patrimonio establecidos por la ley, la Seguridad Social procederá a suspender o extinguir tu derecho a percibir la prestación. Adicionalmente, si se han realizado pagos mientras no cumplías los requisitos, la Administración los considerará cobros indebidos y te exigirá la devolución íntegra de dichas cantidades.



