La Comisión Europea ha dado un paso clave para zanjar el conflicto entre las compañías de electricidad y gas en torno al uso de calderas en los edificios. En su guía oficial para aplicar la Directiva de eficiencia energética en edificios, Bruselas ha especificado que lo determinante no será el tipo de dispositivo, sino el tipo de combustible empleado. Esto aclara las incertidumbres sobre el futuro de las calderas que funcionen con biometano o hidrógeno renovable.
Uno de los puntos más controvertidos de la normativa ha sido resuelto por la Comisión Europea: la definición de lo que se considera una «caldera de combustibles fósiles» en el contexto de su retirada progresiva antes de 2040.
Así, se considerará caldera de combustibles fósiles aquella que, en 2040, utilice gas natural, carbón o gasóleo como fuente de energía.
Por el contrario, las calderas que operen con biometano, hidrógeno renovable (RFNBOs) u otros combustibles no fósiles quedarán excluidas de las restricciones aplicables a los sistemas tradicionales.
Esta decisión establece un marco normativo claro que facilita la planificación tanto a fabricantes como a usuarios, promoviendo soluciones de calefacción sostenibles y con visión de futuro.
La precisión es especialmente relevante para los millones de viviendas en Europa que ya disponen de calderas de condensación. Muchas de ellas pueden funcionar con gases renovables sin necesidad de ajustes técnicos, lo que significa que no tendrán que ser retiradas si en 2040 operan con energías renovables.
Neutralidad tecnológica
La Comisión subraya en su guía que esta interpretación se ajusta al principio de neutralidad tecnológica, pilar fundamental de la Directiva. No se prohíben tecnologías concretas, sino determinados combustibles dentro de los plazos establecidos.
El combustible, aspecto determinante
El tipo de combustible empleado será el factor decisivo, tanto en edificios conectados a la red como en aquellos aislados. Los Estados miembros deberán establecer mecanismos de control eficaces para garantizar que, en instalaciones no conectadas a la red, se utilicen combustibles renovables durante toda la vida útil del equipo.
Los países de la UE tienen hasta mayo de 2026 para adaptar esta definición a su legislación nacional. Y en 2027 deberán presentar sus estrategias nacionales de renovación de edificios, que incluirán medidas concretas para eliminar las calderas de origen fósil de aquí a 2040.
Una calefacción más sostenible
La Comisión Europea propone tres caminos posibles para alcanzar este objetivo:
- Reemplazar los equipos por tecnologías eléctricas como las bombas de calor.
- Sustituir los combustibles fósiles por energías renovables como el biometano.
- Aplicar una combinación de ambas estrategias.
Esta interpretación supone un respiro tanto para la industria gasista como para los consumidores que, por motivos económicos o técnicos, no pueden acceder a sistemas eléctricos en su totalidad. En especial, supone un impulso para el biometano, que ya puede integrarse en las infraestructuras actuales sin requerir cambios.