Es un trámite sencillo. Pero obligatorio. Y en caso de no realizarlo ni de cumplir con las exigencias del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el organismo podría actuar de inmediato y retirar la prestación contributiva de desempleo, popularmente conocida como paro. En este sentido, la entidad trabaja en otorgar una serie de ayudas y subsidios a determinados colectivos que así lo necesitan, con el objetivo de paliar situaciones de vulnerabilidad económica de muchas personas debido, principalmente, a la ausencia o escasez de ingresos procedentes de la actividad profesional.
Precisamente, una de las ayudas más recurrentes y más demandadas ante el SEPE es la prestación contributiva por desempleo, dirigida a proteger a quienes pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un 10% y un 70%. Sin embargo, para convertirse en persona beneficiaria de esta ayuda se deben cumplir una serie de requisitos indispensables, tanto en el momento de la concesión como para mantenerla vigente.
Trámite obligatorio para no perder el paro
Tan sencillo de realizar como de ser olvidado. Renovar la tarjeta de demanda de empleo, es decir, ‘sellar el paro’, no es una opción; más bien, una obligación y una exigencia del SEPE. De este modo, ya se ha anunciado que el propio Servicio Público de Empleo Estatal dispone de plena potestad para detener el pago de las prestaciones por desempleo en cuanto una persona deja de estar inscrita como demandante. Así mismo, la suspensión es inmediata, dura todo el período no renovado y el tiempo se descuenta de la duración total del subsidio.
«Para percibir la prestación es obligatorio mantenerse inscrito como demandante de empleo«. Ese es el anuncio que el SEPE deja reflejado en su página web para las personas beneficiarias de esta ayuda. Por tanto, si se pasa la fecha de renovación de la demanda y el solicitante no ha formulado la renovación, el Servicio de Empleo Estatal plantea los siguientes escenarios:
- Suspensión automática: el abono se paraliza desde el primer día sin inscripción.
- Pérdida de días: el período sin demanda no se paga ni se recupera después.
- Reanudación condicionada: el derecho solo vuelve cuando te inscribes de nuevo, y nunca se devuelven los días perdidos.
Renovación de la demanda de empleo del SEPE
La renovación de la demanda de empleo, de acuerdo con lo estipulado por el SEPE, se puede hacer mediante dos vías: presencial, ante cualquier oficina del Servicio Público de Empleo Estatal, bajo cita previa, o a través de los canales oficiales online.
Vía online:
- Accede al portal de empleo de tu comunidad autónoma.
- Identifícate con certificado digital, Cl@ve o usuario/contraseña.
- Descarga o guarda el justificante: será tu prueba en caso de incidencia.
Vía presencial:
- Pide cita previa en la oficina de empleo.
- Lleva DNI o NIE y la tarjeta antigua.
- Comprueba que la nueva fecha de renovación figure en el documento.
No obstante, también es importante señalar que el propio SEPE explica que sí existe una situación en la que no eliminará la prestación contributiva por desempleo a aquellas personas beneficiarias de la ayuda que no hayan renovado la demanda de empleo. Por ello, según informan, «si estás trabajando por cuenta ajena y compatibilizas el subsidio como complemento de apoyo al empleo, la obligación de sellar el paro desaparece hasta que termines el contrato».
Por tanto, quienes alternan prestación y jornada reducida pueden respirar tranquilos, siempre que no cambie su situación laboral. En cualquier caso, el reingreso del paro puede resolverse sin mayores inconvenientes una vez se solucione este trámite y la persona solicitante vuelva a realizar el trámite de la renovación de la demanda. Como vemos, es un proceso sencillo pero obligatorio para evitar sustos en forma de suspensión de cobro del paro.