Una controvertida convocatoria

La convocatoria al Pleno Extraordinario de Hermanos Mayores emitida este pasado jueves día 12 de octubre por el Secretario del Consejo Directivo de la Unión de Hermandades de Jerez, Francisco Mancilla Fernández, con el visto bueno del presidente de este organismo, Dionisio Díaz Fernández, podría incurrir en diversos defectos de forma consistentes en la falta de cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos por la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías.

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En primer lugar, la citación especifica que se realiza al amparo de lo dispuesto en el artículo 21.1.2 de las Normas Diocesanas para los Consejos Locales de Hermandades y Cofradías, en relación con el artículo 17.2 que, textualmente, dice: Solo en caso gravísimo y garantizando la efectiva comunicación a todo el Pleno de Hnos. Mayores, si la Comisión Permanente lo estima conveniente, la convocatoria a estos Plenos podrá hacerse con tan sólo veinticuatro horas de antelación y por los medios que considere más idóneos.
La Comisión Permanente ha debido considerar, por tanto, de carácter gravísimo -entendemos que deberán explicar este extremo- algunas de las circunstancias que promueven dicha convocatoria, ya que, de lo contrario, la misma estaría incumpliendo lo que estipulan las mencionadas Normas Diocesanas: “La convocatoria de citación a los Plenos de Hermanos Mayores la hará por escrito el Presidente, por mediación del Secretario, al menos, con diez días de antelación, haciendo constar el orden del día, el lugar, la fecha de la celebración y la hora prevista para la primera y segunda convocatoria”.

En segundo y último lugar, el tercer punto del orden del día expone la “Lectura y Aprobación, si procede, del Acta del Pleno Extraordinario”. Aquí, las Normas Diocesanas -en su articulo 19.5- expresan que “De las deliberaciones de los Plenos, el Secretario levantará acta, que deberá ser leída y aprobada, si procede, en el próximo Pleno Ordinario de Hermanos Mayores que se celebre”. Deducimos, efectivamente, que el Acta del Pleno Extraordinario no puede ser ni leída ni aprobada.

Pensamos, por tanto, que dos de los tres puntos del orden del día de la mencionada convocatoria no cumplen con lo que estipula la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías.

¿Podría suspenderse el Pleno Extraordinario?

Coincidiendo con la celebración del Pleno Extraordinario de Hermanos Mayores, hay convocada una concentración por la seguridad y la dignidad ciudadana que, bajo el lema “No a la Carrera Oficial”, se desarrollará mañana lunes día 16 de octubre, a las 21’00 horas, en los Museos de la Atalaya, donde se pretende leer un manifiesto firmado por distintas asociaciones de ciudadanos que exigen la paralización de la propuesta de nueva Carrera Oficial y la elaboración de una normativa que regule la Semana Santa. Según el artículo 20.2 de las Normas Diocesanas para los Consejos Locales de Hermandades y Cofradías, la alteración grave del orden es causa de suspensión.

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